CONTRATO DE TRABAJO: Es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante la remuneración. (ARTICULO 22 CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO)
ELEMENTOS ESENCIALES DEL CONTRATO DE TRABAJO:
1) La actividad personal del trabajador, es decir, por si mismo.
2) La continua subordinación o dependencia del trabajador respecto del empleador que faculta a este para exigirle el cumplimiento de ordenes, en cualquier momento.
3) Un salario como retribución del servicio.
UNA VEZ REUNIDOS LOS TRES ELEMENTOS SE ENTIENDE QUE EXISTE CONTRATO DE TRABAJO Y NO DEJA DE SERLO POR RAZÓN DEL NOMBRE QUE SE LE DE, NI DE OTRAS CONDICIONES O MODALIDADES QUE SE LE AGREGUE.
CLASES DE CONTRATOS.
1) Contrato a termino indefinido.
2) Contrato a termino fijo.
3) Por duración de obra.
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